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Frecuencia de recogida:  1 día la semana según zona (consultar mapa de zonas)cubo verde

Depósito de los residuos: El CUBO VERDE está destinado a los envases de vidrio. Ten en cuenta que vidrio y cristal no son lo mismo.

Qué debo depositar en el cubo VERDE:

  • Botellas y botes de vidrio: zumos, refrescos, vinos, licores, sidras, salsas, aceite, etc.
  • Tarros y frascos de vidrio: tanto de bebidas y alimentos en conserva, como de perfumes, colonias, productos de maquillaje, etc.

Qué NO debo depositar en el cubo VERDE:

  • Tapas, tapones (metal, plástico, corcho).
  • Vidrio plano (ventanas, lunas de coches, espejos), vidrio de pantalla (televisores, ordenadores, etc.).
  • Vasos, copas, cristalerías de mesa, vajillas, cerámicas, porcelanas, ladrillos y piedras.
  • Vidrios decorados, vidrios opacos.
  • Vidrios de farmacia (frascos de medicamentos, inyecciones, etc.).
  • Vidrios de lentes y microscopios.
  • Los cristales rotos, espejos, cualquier objeto de loza o porcelana, cristal líquido, etc., aunque se parezcan al vidrio no deben ir al cubo verde.

Con carácter previo al depósito en el cubo se deberán vaciar los residuos de envases con objeto de eliminar los restos de cualquier sustancia.
El horario para el depósito de residuos se establece desde las 20:00 hasta las 22:30 horas.

El incumplimiento de la obligatoriedad de reciclar supone una infracción leve sancionable con multa de hasta 750 €.

Normativa

  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. (ENLACE BOE)
  • Ordenanza municipal de Limpieza de vías públicas y recogida de residuos domésticos (ENLACE)
  • Ordenanza 108. Tasa por recogida de basuras. ENLACE (año 2024)