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El artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. En aplicación de ese precepto se ha elaborado el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Oviedo.

El objeto del Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento es sistematizar una metodología que garantice que los fondos Next Generation Eu se utilizan de conformidad con las normas aplicables; en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección, corrección y persecución del fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación, respondiendo así a la normativa europea y nacional respecto a la aplicación del principio de buena gestión financiera sobre el que se configura el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).