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El primer paso para hacer uso de un centro social es estar constituida como Asociación (consulta este trámite con el Hotel de Asociaciones o con el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias. Además, para usos regulares la asociación ha de darse de alta en el Registro de Entidades Ciudadanas de Oviedo. 

En segundo lugar, la entidad debe disponer de “Certificado Digital”, a fin de poder incorporarse a la Sede Electrónica del Ayto. de Oviedo, y a través del Portal del Ciudadano  cubrir la “SOLICITUD DE ESPACIOS EN CENTROS SOCIALES”.


Para poder realizar este tipo de actividades en un centro social debes entrar en la página del Ayto. de Oviedo, dirigirte a trámites generales mediante el Certificado Digital, hacer la petición en la SOLICITUD DE ESPACIOS EN CENTROS SOCIALES”, y especificar y detallar la naturaleza de actividad que deseáis realizar. Para ello deberán tenerse en cuenta las condiciones que han de darse para la autorización de esta actividad, al amparo de lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas (BOPA del 27 de junio de 2014), modificada por la Ley del Principado de Asturias 9/2017, de 24 de noviembre, de primera modificación de la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas.


Desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades solicitantes de autorización de uso de espacios para actividades de la iniciativa privada tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, en su condición de personas jurídicas.



Es el medio por el que los representantes de las Asociaciones hacen la petición al Ayto. para poder hacer los diversos trámites disponibles, así como para recibir notificaciones y resoluciones, de todas estas peticiones, trámites y escritos. 


Para darse de Alta en este registro, una vez en la Sede Electrónica y mediante el acceso con el certificado digital, hay, que cubrir:
1º) personas asociadas (dar de alta a una asociación)
2º) la ficha de “Acceso a representación telemática general (Registro. de Apoderamiento)
Esta información se remite al servicio municipal competente, que debe confirmar y proceder al reconocimiento de esta representación.


Persona física 5 años (gratuito)
Persona jurídica 2 años (tasas por valor de 16 o 18 €, que deben liquidarse ante la Agencia Tributaria, a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre )


En actividades con previsión de uso regular durante todo el curso o trimestre, las peticiones habrán de presentarse dentro del plazo establecido en la convocatoria. Fuera de la misma, la autorización dependerá de la disponibilidad de espacios en vigor, y el trámite habrá de realizarse con una antelación mínima de 5 días hábiles previos al comienzo de la actividad. 

En solicitudes de uso puntual (charlas, reuniones…) el trámite ha de realizarse con una antelación mínima de tres días hábiles previos al comienzo de la actividad. 


Las autorizaciones de uso regular solo están contempladas para entidades inscritas en el Registro de Entidades de Oviedo. 
Se contempla la posibilidad para entidades no registradas siempre que se trate de otros usos puntuales, condicionado a la valoración de los servicios municipales, y entre las que se incluyen:

  • Asociaciones inscritas en al menos uno de los registros oficiales existentes: Registro de Asociaciones del Principado de Asturias o Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio de Interior o en cualquier otro registro oficial de ámbito estatal, siempre y cuando la actividad solicitada esté relacionada con sus fines sociales.
  • Las Comunidades de Propietarios de Bienes Inmuebles radicados en el municipio de Oviedo, para la realización de sus Juntas de Propietarios.
  • Clubs, fundaciones, agrupaciones, centros de enseñanza públicos o instituciones que tengan entre sus fines el fomento de la educación en el tiempo libre, la promoción de los derechos humanos o el fomento de la participación ciudadana, siempre y cuando la actividad solicitada esté relacionada con sus fines sociales.
  • Excepcionalmente, actividades realizadas por empresas en las que concurra el interés público. 
  • Agrupaciones políticas, siempre que se trate de campañas o actos informativos relacionados con asuntos de interés vecinal del ámbito de influencia del centro social.

En el mismo procedimiento o trámite de autorización de espacios en centros sociales debe cubrirse el Anexo “Declaración Responsable”, especificando la persona responsable de impartir la actividad, el coste asociado por la participación (mensual) por alumno, así como el resto de apartados que figuran en este formulario. La omisión o defecto en la cumplimentación de este anexo motivará el requerimiento por parte de los servicios gestores. 

Además, en el mismo Anexo, puedes solicitar la inclusión de  medios de difusión “Externa” para la publicitación de tu actividad, lo que te permite difundir a través de diversos canales digitales municipales los datos que hayas incorporado (fechas y modo de inscripción, contacto, etc…) 


Con carácter general, estas instalaciones no acogerán:

  • Actividades con intereses puramente comerciales, de compraventa o publicidad de un producto o servicio.
  • Asuntos particulares, familiares o de grupos no organizados con el propósito de celebrar cumpleaños, bautizos, comuniones, despedidas, etc…
  • La práctica de la enseñanza o formación de cualquier índole, desarrollada a nivel particular
  • Actividades cuyo fin sea la degustación de comidas y bebidas.
  • Utilización de instalaciones municipales para actividades que sean realizadas por personas sin la habilitación que normativamente requiera la actividad. 

Además la categoría de actividades prevista ha de tener en cuenta los requisitos mínimos (funcionales y, en su caso, legales) exigibles para su desarrollo, así como las condiciones de los espacios existentes. 


La autorización se resuelve desde la Concejalía de Centros Sociales, y no se considera reservado hasta que ésta no haya recaído oficialmente. En consecuencia, no se puede hacer uso del espacio solicitado hasta que no se disponga de esta confirmación.  


La determinación de los espacios específicos de cada instalación corresponde a los servicios municipales, valoración en la que se tiene en cuenta el aforo previsto, las condiciones de la actividad, la disponibilidad existente para los horarios solicitados, así como otras cuestiones específicas (si precisa de cocina, por ejemplo). El mero hecho de autorizar el uso de una sala no garantiza ningún espacio específico con el que cuente la instalación, salvo que así figure en la resolución.


Las asociaciones han de volver a solicitar la prórroga anual de sede social mediante trámite electrónico con la firma Digital en “SOLICITUD DE DESPACHO EN CENTROS SOCIALES”


Las asociaciones que disponen de sede social en un centro social cuentan con la posibilidad de acceso y uso (generalmente compartido) de alguno de los despachos de la instalación, donde generalmente realizan la mayor parte de su actividad. 

Las asociaciones que cuentan con domicilio social exclusivamente disponen de la opción de recibir correspondencia en el Centro Social, además de posibilitar los trámites correspondientes en los registros oficiales para asociaciones. Esta solicitud debe realizarse mediante trámite electrónico en la Sede Electrónica, mediante  Certificado Digirtal en “SOLICITUD DE DOMICILIO SOCIAL EN CENTROS SOCIALES”


Para propuestas a desarrollar en los centros sociales las entidades interesadas pueden dirigirse directamente a la sede de la Concejalía de Centros Sociales, en calle Martínez Marina nº 10 3ª planta (centrossociales@oviedo.es ), y teléfono  985 981 855.   Igualmente pueden consultar con los servicios de animación sociocultural correspondientes al centro de referencia, y el animador sociocultural remitirá la consulta a los servicios municipales. 


En primer lugar debes ponerte en contacto con los servicios de animación sociocultural de tu centro social más cercano. Cuando esto no es posible, o si no se ha mantenido algún tipo de contacto o colaboración previamente, es necesario que acudas directamente a las oficinas de la Concejalía, o bien te dirijas por correo electrónico (centrossociales@oviedo.es)  señalando claramente tu petición, acompañándola de la información y documentos resulten pertinentes (estatutos de la entidad en caso de no estar registrada, imagen o modelo de folleto-tríptico-cartel que se desea distribuir, equipamientos destinatarios,  etc…). 

En cualquier caso es necesario conocer que, en ningún caso se publicitará ni se distribuirá por la red de Centros Sociales información de carácter mercantil, religioso o partidista, o cuya finalidad no responda o coincida inequívocamente con los fines y objetivos previstos estatutariamente para la entidad solicitante en cuestión. 

Para difundir información por vía electrónica te invitamos a utilizar los diversos servicios informativos habilitados desde Centros Sociales:

  • La cuenta de Centros Sociales que puedes encontrar en varias redes sociales, 
  • La sección destinada a Asociaciones de los Centros Sociales, dentro de la página web municipal del Ayuntamiento de Oviedo. 
  • El Boletín informativo periódico de Centros Sociales 

Para el acceso a estas alternativas, la entidad interesada debe incluirse en el catálogo de Asociaciones de Centros Sociales suscritas al Servicio de publicidad y difusión de los Centros Sociales