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Teléfono gratuito de información y atención a mayores: 900 100 222

¿Qué es el teléfono de información?

Una línea telefónica de información a la población mayor en Oviedo, como punto de información especializada sobre recursos, servicios y programas para personas mayores o con diversidad funcional.

¿Quién puede llamar?

Es una línea 900, lo que significa que es un teléfono gratuito y no se cobra a la persona que llama a ese teléfono.

Puede llamar toda la población ovetense que desee:

  • Información sobre servicios y recursos existentes en el municipio de Oviedo para personas mayores o con diversidad funcional.
  • Aquellas personas mayores que se encuentren en situación de dificultad, que sientan miedo.
  • Personas que tengan necesidad de hablar con alguien, que se sientan solas o necesiten atención emocional.

¿Cuál es el teléfono? ¿ y su horario? ¿Quién le atenderá?

El número de teléfono es el 900 100 222, recuerde es un teléfono de comunicación gratuita.

Este teléfono será atendido por profesionales las 24 horas al día. Si bien les aconsejamos contacte entre las 11:00 a 15:00 y de 16:00 a 20:00 horas. 

¿Qué es el servicio de Ayuda a Domicilio?

El Servicio de Ayuda a Domicilio ( SAD )  es una prestación básica del Sistema Público de Servicio Sociales que proporciona una serie de atenciones o cuidados de carácter personal y doméstico a familias y personas que carecen de la suficiente autonomía física y/o psíquica para continuar viviendo en su medio habitual.

El servicio se concreta en las siguientes actuaciones básicas:

  • Apoyo Personal que incluye tareas de aseo personal, vestir, ayuda a la movilización, levantar de la cama y acostar, entre otras.
  • Apoyo Doméstico para el mantenimiento de la higiene de la vivienda, planchado de la ropa, poner la lavadora y tender la ropa, pequeñas compras diarias, preparación de comidas en casos de personas solas para las que resulte difícil su elaboración.
  • Apoyo Sociocomunitario, tareas de apoyo educativo a la unidad familiar, acompañamiento a transporte de centro de día o CAI o colegio.

Quedan excluidos, entre otros, los siguientes servicios:

  • Vigilancia durante la noche o más allá del límite del horario estipulado
  • Vigilancia y apoyo en hospitales y tareas de carácter sanitario
  • La realización de reparaciones domésticas y limpiezas de la vivienda que no sean las de mantenimiento habitual
  • Tareas acordadas por la comunidad de vecinos (escaleras, portales, terrazas y patios).

Destinatarios

Preferentemente serán destinatarios/as de este servicio las personas mayores con dificultades en su autonomía personal, las personas con discapacidades que afecten significativamente a su autonomía personal, sea cual fuere su edad y los/as menores cuyas familias no pueden proporcionarles el cuidado y atención en las actividades básicas de la vida diaria que en su propio domicilio requieren.

Es requisito para acceder a la condición de persona usuaria del S.A.D. estar empadronada en el municipio de Oviedo.

Coste del servicio

El coste del servicio se determinará en función de la capacidad económica mediante la aplicación del baremo establecido en la ORDENANZA NÚMERO 304.- PRECIO PÚBLICO POR LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y DE LA TELEASISTENCIA DOMICILIARIA 

Tríptico de ayuda a domicilio

Cómo solicitarlo

TRÁMITE EN LA SEDE ELECTRÓNICA


¿Qué es la Ayuda a Domicilio?

El Servicio de Ayuda a Domicilio también llamado por sus iniciales S.A.D. ofrece atención y cuidado para la persona y también a  su hogar.

Ayuda a las personas que lo necesitan para vivir en su hogar.

La Ayuda a Domicilio es:

El llamado “apoyo personal“, ayuda a vestirse, con el aseo a levantarse de la cama acostarse, entre otras.

El “apoyo doméstico”, que es la ayuda en el cuidado de la vivienda, planchado, poner la lavadora, tender la ropa, preparación de comidas.
 
El “apoyo sociocomunitario”, que son las ayudas para estudiar, de acompañamiento en el transporte, para desplazase al colegio, centro de día o centro de apoyo a la integración.

La Ayuda a Domicilio no es:

  • Acompañamiento durante la noche
  • Acompañamiento en hospitales o cuidados médicos.
  • Realizar reparaciones en el domicilio
  • Grandes limpiezas de la vivienda que no sean las habituales.
  • Actividades fuera del domicilio, como limpieza de portal, escaleras…

¿Quién lo puede solicitar?

Todas aquellas personas empadronadas en Oviedo y que además sean:

  • Personas mayores que tengan dificultades para vivir solas. 
  • Personas con discapacidad que tengan grandes dificultades para vivir solos.
  • Y los niños y niñas que vivan con familias que no pueden cuidar o atender.

¿Cuánto cuesta?

El precio depende de los ahorros de cada persona.

¿Cómo lo solicito?

Primero. Imprimir papel de la solicitud

Segundo. Rellenar los datos y firmar  

Tercero. Llevar papel de solicitud y otros papeles que  se piden por internet o llevarlos en mano a el edificio del Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, en la calle Quintana, número 6.

Para más información pinchar aquí o llamar al teléfono 985 981 87


¿Qué es el Servicio de Teleasistencia?

La Teleasistencia es un servicio público cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de las personas o grupos familiares con dificultad en su autonomía, prevenir situaciones de necesidad, de deterioro personal, de aislamiento y soledad y facilitar mediante este sistema a través de la línea telefónica, la intervención inmediata en caso de emergencia.

La teleasistencia consiste en un equipamiento de comunicaciones específico, ubicado en el Centro de Atención y en el domicilio de la persona usuaria, permite con solo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto entrar en contacto verbal durante las 24 horas del día y los 365 días del año con el Centro atendido por personal especializado.

Requisitos para poder solicitar:

1.- Estar empadronado/a en el Municipio de Oviedo

2.- Disponer de línea telefónica en el domicilio y estar capacitado/a para el manejo del equipo

3.- Ser persona en situación de alto riesgo por enfermedad, minusvalía o avanzada edad.

4.- Vivir solo/a, o acompañado/a de otra persona en situación de dependencia y que esta situación sea causa de riesgo

Coste del servicio

El coste del servicio se determinará en función de la capacidad económica mediante la aplicación del baremo establecido en la ORDENANZA NÚMERO 304.- PRECIO PÚBLICO POR LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y DE LA TELEASISTENCIA DOMICILIARIA 

Cómo solicitarlo

TRÁMITE EN LA SEDE ELECTRÓNICA


¿Qué es?

Servicio  que se realiza a través del teléfono del domicilio de la persona y proporciona cuidado y atención telefónica 24 horas.

Se instala en el domicilio un aparato para realizar el servicio.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas mayores que vivan solas.
  • Personas con discapacidad que necesitan que se les cuide. 

No podrán solicitarlo aquellas personas:

  • Personas con Salud Mental Grave
  • Personas con situación de Demencias.
  • Personas con trastornos de comunicación: auditiva (no tratada), voz y habla.

Con economía de:

  • Para menores de 80 años que tengan un ahorro superior a 35.000 euros o una renta per cápita anual de 13.436,95 euros (consultar)
  • Para mayores de 80 años que vivan acompañados que tengan un ahorro superior a 35.000 euros o renta per cápita anual  de 13.436,95 euros (consultar)
  • Para mayores de 80 años que vivan solos que tengan ahorros superiores a 50.000 euros o renta per cápita anual de 25.000 euros

Tampoco podrán solicitarlo:

  • Personas que hayan renunciado a las prestaciones de Teleasistencia concedida a través del  Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia. 

¿Cuánto cuesta? 

El importe del precio público vendrá determinado por el coste mensual que le supone al Ayuntamiento el Servicio de Tele asistencia (consultar), pudiendo ser gratuito.

Se abonará de manera trimestral.

Dónde se solicita 

En las Unidades de Trabajo Social de Zona.

Documentos que debo presentar :

  1. Fotocopia del DNI de todos las personas que viven en el hogar.
  2. Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social del solicitante.
  3. Informe médico que justifique la incapacidad.
  4. Certificación relativa al impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos de todos los miembros que viven en el hogar.
  5. Documentos acreditativos de los ingresos de todos los miembros de la familia (nóminas, pensiones, prestaciones por desempleo, ingresos bancarios, etc...)
  6. Fotocopia de la declaración del IRPF, de todos los miembros de la familia, o bien certificación negativa de no haberla efectuado.
  7. Justificantes del saldo medio e intereses de todas las cuentas corrientes, cuentas de ahorro y plazos fijos; justificantes de los bonos de inversión, acciones, etc. del año anterior a la tramitación, así como los habidos en el presente año.
  8. En caso de percibir alquileres, fotocopia de los mismos.
  9. Cartilla bancaria de los últimos seis meses.
  10.  Autorización de domiciliación bancaria.

El Ayuntamiento podrá exigir otros documentos complementarios.

Más información 

  • Web del Ayuntamiento , ordenanza 304 y en las Unidades de Trabajo Social de Zona
  • Teléfono del Ayuntamiento de Oviedo 985 981 887

Recursos para desplazamientos

Con motivo de los trabajos técnicos de implementación del Bonobús para pensionistas y Bonobús para personas con movilidad reducida a la nueva tarjeta “Conecta” del Consorcio de Transportes de Asturias (CTA), el proceso de solicitud del Bonobús para personas con movilidad reducida queda suspendido temporalmente.

Se recomienda solicitar la nueva tarjeta “Conecta” desde la app del CTA, ya que para la utilización de los bonobuses será imprescindible tener dicha tarjeta. Pueden consultar la información para solicitarla en el siguiente enlace: https://www.ctaconecta.com/es/plataforma-conecta/solicita-tu-tarjeta/

Disculpen las molestias.

Bonobús para pensionistas

Pueden beneficiarse de bonificaciones en el billete del autobús urbano los pensionistas, que acrediten serlo así como sus cónyuges mayores de 65 años si carecen de ingresos propios, siempre que estén empadronados en Oviedo con al menos un año de antigüedad previo a la fecha de presentación de la solicitud.

Estar empadronado/s en Oviedo con al menos un año de antigüedad previo a la fecha de presentación de la solicitud.

Los límites económicos fijados para tener derecho a la utilización del bono bus para pensionistas, quedan fijados para 2023 en:

  • 856,13 € mensuales de pensión para pensionistas sin cónyuge o pareja estable
  • 1.498,49 € mensuales de pensión para aquellos pensionistas que convivan con cónyuge o pareja estable (el importe  puede proceder de uno de ellos o de ambos).

Los solicitantes que pudieran ser beneficiarios de bonos bus de pensionistas y personas con movilidad reducida, deberán optar por uno de ellos, pasando a ser ambos incompatibles entre sí.
Presentación en la Oficina tramitadora de la solicitud, sita en la Calle Quintana nº 6-8  en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. A la solicitud en modelo normalizado deberá acompañarse la documentación que acredite su condición de beneficiario/a y su empadronamiento en el municipio de Oviedo. 

Una vez aprobada, se recoge la tarjeta en la oficina tramitadora. Como beneficiario de Bono Bus de pensionista, usted podrá hacer uso de la tarjeta que se le entrega, en los autobuses de transporte urbano (TUA) del Ayuntamiento de Oviedo.

LA TARJETA ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE.

El número máximo de viajes que pueden ser adquiridos mensualmente por cada usuario será de 60, que se podrán recargar en bloques de 10 viajes con un periodo de validez de un mes desde el primer uso. Cada vez que se carguen otros 10 viajes en la tarjeta, su plazo inicial se incrementa en otro mes más, de manera que 20 viajes caducan a los dos meses, 30 viajes a los tres meses y así sucesivamente.

Ese nuevo plazo es válido para todos los viajes que en ese momento tenga la tarjeta. El plazo computa desde la primera vez que se use.
Si el saldo llega a 0, el periodo de validez se reinicia.
El saldo de la tarjeta no podrá superar en ningún caso los 60 viajes.
La recarga podrá realizarse, en cualquiera de los puntos de venta donde se recargan los bonos de transporte del Consorcio de Transporte de Asturias. (ENLACE)

Según Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de julio de 2023, el coste de cada viaje será de 0,36 €, durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023, por lo que la recarga de los bonos ascenderá a:

  • 10 viajes:   3,60 €
  • 20 viajes:   7,20 €
  • 30 viajes: 10,80 €
  • 40 viajes: 14,40 €
  • 50 viajes: 18,00 €
  • 60 viajes: 21,60 €

Bonobús para personas con movilidad reducida

Como beneficiario de bono bus para personas con movilidad reducida, usted podrá hacer uso de la tarjeta que se le entrega, en los autobuses de transporte urbano (TUA) del Ayuntamiento de Oviedo.

LA TARJETA ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE.

Cada tarjeta podrá recargarse por bloques de recargas de 10 viajes, con un límite máximo de 20 viajes por mes natural.
El saldo de la tarjeta no podrá superar en ningún caso los 20 viajes.
Los viajes cargados no tendrán caducidad.
El coste de cada viaje es gratuito.

La Oficina que expide estos bonos está en la Calle Quintana nº 6-8 y su horario es de lunes a viernes de 9 a 14 horas 

Los abono para Personas de Movilidad Reducida (PMR) se recargarán, en las condiciones establecidas con anterioridad, de Lunes a Viernes de 9 a 14 horas, en la Oficina tramitadora de los bono bus, sita en la C/ Quintana nº 6-8.

Bono taxis para personas con movilidad reducida

La ayuda se concretará en la expedición de bonos para la utilización del servicio de taxi, atendiendo a la renta per cápita de los miembros de la unidad familiar de la que forma parte el beneficiario.

Cada bono, válido para la realización de un viaje, tendrá un valor de 3,3 € y caducará a los 3 meses de su expedición.

Presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo u Oficina del Bono Bus, C/ Quintana, 6-8, solicitud acompañada por la documentación que acredite la condición de persona con movilidad reducida.

 

Solicitud de Centro de Día para mayores dependientes

Los Centros de Día son servicios intermedios por tratarse de un nivel que se sitúa, dentro de la cadena asistencial, entre el domicilio y la residencia o alojamientos para estancias prolongadas, dependientes del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el acceso a dichas plazas.

Definición

Todo establecimiento gerontológico, socioterapéutico y de apoyo a la familia que durante el día preste una atención individualizada a las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona mayor dependiente, promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.

La finalidad de este recurso es mejorar la calidad de vida tanto de la familia cuidadora como de la persona mayor, a través de una intervención dirigida por una parte a proporcionar una atención integral a la persona mayor dependiente y ,por otra a ofrecer el necesario apoyo a la familia para posibilitar una permanencia adecuada del mayor en su entorno habitual.

Modelos asistenciales

Asistencia continua: las personas usuarias acudirán diariamente al centro durante la totalidad del horario de atención.

Asistencia parcial: las personas usuarias acudirán al centro de día de modo flexible, tanto en la frecuencia de la asistencia, como en el horario.

Requisitos

  • Tener una edad superior a 50 años.
  • Disponer de un apoyo social suficiente que garantice la adecuada permanencia en el entorno.
  • Presentar dependencia derivada de discapacidad física o psíquica.
  • No necesitar una asistencia sanitaria intensiva.
  • No suponer un riesgo claro para la salud o integridad física de las personas usuarias.
  • Tener vecindad administrativa y residir en cualesquiera de los concejos de Asturias.

Aportación del usuario

La prestación del servicio de Centro de Día para personas mayores dependientes tiene la consideración de servicio público de carácter no gratuito y por lo tanto el servicio será abonado por la persona usuaria conforme a las cuantías fijadas en la normativa vigente sobre precios públicos.

Cuándo se solicita

Durante todo el año.

Puede encontrar la información en la web del Principado 

Cómo solicitarlo

Paso 1: Descargar la solicitud

Solicitud de Centro de Dia

Paso 2: Cumplimentarla y fírmala 

Documentación que se acompaña a la solicitud.

  • Certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.
  • Copia de la cartilla sanitaria.
  • Informe médico actualizado que indique el tipo y severidad de dependencia que presenta el solicitante así como historial médico considerado de interés.

Paso 3: Presentar la solicitud y la documentación necesaria que viene especificada en la solicitud en el lugar indicado:

Una vez que los pasos anteriores sean realizados correctamente se procederá a la valoración de la situación por parte de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo.


¿Qué son los centros de día para personas mayores?

Los Centros de Día son centros llamados intermedios,entre el domicilio y la residencia, dependen del Principado de Asturias.

El Ayuntamiento de Oviedo ayuda en la recogida de solicitudes.

Son centros gerontológicos de apoyo a la familia y a la persona que durante el día preste una atención individualizada a las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona mayor promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.

Los centros tratan de mejorar la calidad de vida, realizando actividades.

Asistencia 

Hay dos tipos de modos de asistencia:

  • Continua: diaria. 
  • Parcial: flexible en horario y días 

¿Quién lo puede solicitar?

Lo puede solicitar:

  • Personas mayores de 50 años.
  • Con apoyos para vivir en su vivienda.
  • Tener valoración de dependencia por una discapacidad física o psíquica.
  • No necesitar apoyo médico continuado.
  • No suponer riesgopara la salud o seguridad del resto de personas.
  • Vivir en Asturias.

¿Cuánto cuesta?

El coste del centro depende de los ingresos de la persona y según los precios públicos.

¿Cuándo se solicita?

Se puede solicitar durante todo el año.

Para más información pinchar AQUÍ 

¿Cómo lo solicito?

Primero. Descargar la solicitud o imprimirla: AQUÍ 

Segundo. Rellenar los datos y firmar. 

Los otros papeles que hay que llevar son: 

  • Documento que se solicita en el Ayuntamiento, llamado "Certificado de convivencia".
  • Fotocopia de la cartilla sanitaria.
  • Informe médico actualizado: con su historia médica y que recoja su tipo y que diga el tipo y severidad de dependencia de la persona.

Tercero. Enviar papel de solicitud por internet o llevarlos en mano al edificio del Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, en la calle Quintana número 6.


Residencia y Apartamentos para Mayores

El E.R.A. (Establecimientos Residenciales de Ancianos) dependiente del Principado de Asturias es el Organismo encargado de la gestión de las plazas públicas residenciales. El Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el acceso a dichas plazas.

Las Residencias y apartamentos para mayores son alojamientos de carácter residencial, permanente o temporal, en el que se prestan diferentes servicios en función de las características de cada tipo de establecimiento. 

Clases

  1. Residencias, que sirven de vivienda estable y prestan atenciones continuadas para personas válidas y/o asistidas.
  2. Apartamentos residenciales, son establecimientos formados por viviendas independientes para personas mayores que se valen por sí mismas.
  3. Viviendas y pisos tutelados, son pequeñas unidades de residencia tuteladas por un servicio especializado y destinadas al alojamiento de personas mayores con dificultades socio-familiares.

Requisitos

  1. Ser mayor de 65 años, o pensionista mayor de 60, o pensionista mayor de 50 con incapacidad psíquica o física y cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen el ingreso en residencia.
  2. Residir en Asturias dos años antes de la solicitud, salvo excepciones. El requisito será de 3 años para pensionistas menores de 60 años.
  3. Tener un estado de salud que no requiera asistencia continuada en instituciones sanitarias ni la adopción de medidas de salud pública.
  4. No padecer trastornos de conducta que puedan perturbar gravemente la normal convivencia en el establecimiento.
  5. Ser emigrante asturiano/a o descendiente de emigrante asturiano/a y haber retornado o querer retornar, en el supuesto de que esta sea la causa de la solicitud.

Aportación del usuario

Residencias: 75 % del total de sus rentas por cualquier concepto, salvo pagas extraordinarias, hasta el total del precio público.

Cuándo se solicita

Durante todo el año.

Puede encontrar la información en el web del Principado 

Cómo solicitarlo

Paso  1: Descargar la solicitud

Solicitud de alojamiento permanente 

Solicitud de alojamiento temporal 

Paso  2: Cumplimentarla y fírmala 

Documentación que se acompaña a la solicitud

  1. Copia del D.N.I., Tarjeta de Residente Comunitario u otro documento de identificación personal del/la solicitante y del representante si éste firma la solicitud.
  2. Informe médico según modelo.
  3. Certificado de empadronamiento y convivencia expedidos por el Ayuntamiento en los que se acredite la residencia del/la solicitante en alguno de los concejos del Principado en los últimos años, salvo en caso de emigrantes asturianos/as.
  4. Fotocopia de las cartillas de ahorros de las que sea titular el/la solicitante correspondientes a las operaciones efectuadas en los últimos 6 meses.

Paso  3: Presentar la solicitud y la documentación necesaria que viene especificada en la solicitud en el lugar indicado:

Una vez que los pasos anteriores sean realizados correctamente se procederá a la valoración de la situación por parte de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo


¿Qué es el E.R.A?

El Establecimiento Residencial de Ancianos (E.R.A.) es la oficina que da el servicio de las plazas públicas en residencias de personas mayores.

El Ayuntamiento de Oviedo ayuda en la recogida de solicitudes.

Las Residencias y apartamentos son alojamientos residenciales.

Los alojamientos pueden ser permanentes o temporales.

Clases de alojamientos residenciales

  • Residencias, son viviendas en las que se dan atención a personas independientes y no dependientes.
  • Apartamentos residenciales, son edificios formados por viviendas independientes para personas mayores independientes.
  • Viviendas y pisos tutelados, son pequeñas residencias supervisadas por personas especializadas, para personas mayores con dificultades socio-familiares.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Pueden solicitarlo, las personas:
    • Mayores  de 65 años 
    • mayores de 60 años y pensionista
    • mayores de 50 años y pensionista con incapacidad 
  • Deben vivir en Asturias los 2 años anteriores o 3 años para menores de 60 años.
  • Personas que no necesiten apoyo médico continuado.
  • Personas que no tengan alteraciones grave de conducta.
  • Personas emigrantes asturianos o hijo-a de emigrante asturiano/a.

¿Cuánto cuesta?

El coste de la Residencia es el 75% de los ingresos de la persona. 

¿Cuándo se solicita?

Se puede solicitar durante todo el año.

Para más información pinchar aquí 

¿Cómo lo solicito?

Primero. Descargar la solicitud o imprimirla: 

Segundo. Rellenar los datos y firmar. 

Los otros papeles que se piden : 

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identificación (D.N.I.) o Tarjeta de Residente Comunitario u otro documento de identificación personal del/la solicitante y del representante si éste firma la solicitud.
  • Informe médico según modelo.
  • Certificado de empadronamiento y convivencia solicitados en el Ayuntamiento 
  • Fotocopia de las cartillas de ahorros de las que sea titular el/la solicitante de los últimos 6 meses.

Tercero. Enviar papel de solicitud por internet o llevarlos en mano a el edificio del  Registro General del Ayuntamiento de Oviedo en la calle Quintana, número 6


Solicitud Ley de Dependencia

La Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias es la Administración competente en materia de aplicación y gestión de la Ley de Dependencia.

El Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el reconocimiento de la Dependencia y las relacionadas con este proceso.

Puede encontrar la información en la web del Principado o aquí  

Cómo solicitarlo

Paso 1: Descargar la solicitud

Reconocimiento de la situación de dependencia 

Revisión de  dependencia (Grado y/o PIA) 

Paso  2: Cumplimentarla y fírmala 

Paso  3: Presentar la solicitud y la documentación necesaria que viene especificada en la solicitud en el lugar indicado:


¿Qué es la Ley de Dependencia?

La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Gobierno del Principado de Asturias es la Administración a la que corresponde la aplicación y gestión de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención de la situación de  Dependencia, también llamada “Ley de Dependencia”.

El Ayuntamiento de Oviedo ayuda con la recogida de solicitudes 

Para más información pinchar aquí y aquí

¿Cómo lo solicito?

Primero. Descargar la solicitud o imprimirla: 

Segundo. Rellenar los datos y firmar. 
 
Tercero. Llevar papel de solicitud y otros papeles que se piden por internet o llevarlos en mano a el edificio del Registro General del Ayuntamiento de Oviedo en la calle Quintana, número 6.


Mapa de las UTS

En el siguiente mapa se muestran todas las UTS del municipio. Introduzca el nombre de su calle para saber cuál le corresponde.