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Informe de integración Social

Modo de presentación: presencial

Objetivo

Este informe permite acreditar la integración social de la persona extranjera en España, siendo necesario para la solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (Arraigo Social).

Documentación a presentar

  • Solicitud cumplimentada conforme al modelo normalizado.
  • Fotocopia pasaporte en vigor (todas las páginas).
  • Billete de avión o del medio de transporte utilizado para llegar a España (si lo conserva).
  •  Documentación acreditativa del tiempo de permanencia en sus distintos domicilios en los tres años anteriores a la solicitud (certificados de empadronamiento, certificación o documentación bancaria, certificación de ayudas sociales, contrato de alquiler vivienda en la que reside y todos aquellos documentos que sirvan para acreditar su permanencia en España). NO será necesario aportar certificado de empadronamiento del municipio de Oviedo.
  • Documentación acreditativa de la participación en programas de inserción social/laboral y/o cultural (cursos, certificados escolares de hijos/as, participación en asociaciones, voluntariado, etc.).
  • Documentación acreditativa de los medios económicos de los que dispone. En función de su situación:
    • Oferta de empleo con las características exigidas (un año de duración supeditada a la concesión del permiso de residencia, firmada por el empleador y el trabajador…).
    • En caso de que alguien le sustente económicamente: Declaración responsable de dependencia económica y justificante de ingresos (contrato de trabajo, 3 últimas nóminas y  documento de identidad en vigor).
  • Cualquier otra documentación que pueda servir para acreditar su integración social (p.ej.: documentación que acredite vínculo con familiares residentes en España, tarjeta sanitaria, etc.).

Destinatarios

Los extranjeros, residentes en Oviedo, que cumplan los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
  • Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
  • Contar con una oferta de empleo firmada por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. Se podrá eximir la presentación de dicha oferta en el supuesto de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo recomiende el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.

¿Cómo se hace el trámite?

La solicitud debidamente cumplimentada, junto con la documentación necesaria debe presentarse en el Registro General del Ayuntamiento (C/ Quintana, 6 , bajo ).

Lugares y modos de presentación

  • Registro General Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo.
  • Teléfono cita previa: 985 95 32 11.

Normativa relacionada

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31.3)
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 62 al 66 y del 123 al 130).
  • Real Decreto Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Responsable
Inmigración
Presentación
Registro General del Ayuntamiento de Oviedo
Registro Auxiliar de La Corredoria
  • Oviedo, C/ Corredoria Alta, 82
  • 984 083 797
  • Lunes a viernes laborables, de 9:00 a 14:00 h.