Legislación
Legislación Vigente en materia de Inmigración y Servicios Sociales
-
Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
-
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
-
Real Decreto 178/2003, de 14 de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el acuerdo sobre el espacio económico europeo.
-
Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.
-
Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo.
-
Real Decreto 865/2001, de 20 de julio por el que se aprueba el reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida.
-
Ley 1/2003, del 24 de febrero, de Servicios Sociales del Principado de Asturias. Modificada en su art. 4 por la Ley 6/2004 de acompañamiento a los presupuestos generales para 2005.
-
Decreto 30/2003, de 30 de abril, por el que se regula la adjudicación de viviendas promovidas por el Principado de Asturias, modificado por el Decreto 75/2004, de 24 de septiembre, y demás normas de general aplicación.
Derechos de los ciudadanos no comunitarios
Todas las personas extranjeras, independientemente de cuál sea su situación legal, tienen reconocidos los siguientes derechos:
- Aquellos inherentes a la condición humana (a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad ideológica...)
- Derecho a conservar la documentación personal, tanto la que acredite su identidad como la referente a su situación en España.
- Derecho a la educación para todos los extranjeros menores de 18 años, que comprende : el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria, a la obtención de la titulación académica correspondiente y al acceso al sistema público de becas y ayudas.
- Derecho a la asistencia sanitaria de urgencia para todos. Para menores de 18 años y embarazadas la asistencia sanitaria se equipara a la de los españoles, así como para cualquier persona extranjera que figure inscrita en el padrón municipal de habitantes del lugar donde resida, con independencia de su situación administrativa.
- Derecho a los servicios y prestaciones sociales básicos
- Derecho a la tutela judicial efectiva y a la asistencia jurídica gratuita.
- Derecho a solicitar asilo cuando sean víctimas de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo u opinión política
Las personas extranjeras que tengan su situación regularizada tienen los mismos derechos que la población española en el territorio español:
- Libre circulación y fijación libre de residencia.
- Ejercicio de las libertades de reunión, manifestación y asociación.
- Derecho a la educación de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los españoles.
- Acceso al desempeño de actividades de carácter docente o de investigación científica.
- Derecho al trabajo y a la Seguridad Social.
- Libertad de sindicación y huelga.
- Derecho a ayudas en materia de vivienda.
- Derecho a las prestaciones y servicios de la Seguridad Social y a todo tipo de servicios y prestaciones sociales.
- Derecho a reagrupar a los familiares directos que la ley determina, concretamente a:Cónyuge del residente, Hijos del residente y del cónyuge, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados
menores de 18 años o incapaces cuando la persona residente sea su representante legal, Ascendientes del residente o de su cónyuge.

